Archivo de Abril de 2011

Los derechos e intereses del Estado son los del conjunto de la sociedad

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ley-de-servicios-financieros-ciudadania1La semana pasada hubo una reunión de directorio en Siderar, del grupo Techint, en la que se debía tratar el tema de la incorporación de entre uno y tres directores. El estado había propuesto algunos candidatos para ocupar esos cargos y lo que ocurrió fue que se pasó a un cuarto intermedio y se suspendió la designación de los candidatos propuestos por el gobierno.

Queda claro que los que quienes permanentemente hablan de seguridad jurídica, frente a un hecho como éste, utilizan instancias de dilación. De hecho, no me extrañaría que apelen a la justicia y aparezca algún amparo que postergue las decisiones.

Es tan sencillo de comprender lo que sucede: ningún privado aceptaría como concepto poner en una empresa el 20% y tener el 5% de peso en las decisiones. Entonces, ¿por qué querer imponerle eso al estado? Esto obedece a la concepción del estado inactivo, el estado que debe estar solamente para acudir en auxilio de esos grupos cuando tienen dificultades, con subsidios, con exenciones impositivas, pero jamás para hacer valer a pleno lo que son sus intereses y sus derechos, que no son abstractos porque los derechos y los intereses del Estado en definitiva son los del conjunto de la sociedad.

De las 42 empresas que están en esta situación no todas se manifestaron en la misma línea que Siderar. De hecho algunas empresas afirmaron estar de acuerdo en haya una participación acorde al porcentaje que el Estado posee, simplemente porque ninguna de estas participaciones es definitoria, ya que ninguna supera el 50 por ciento que podría dar lugar a una toma de la dirección: el porcentaje más alto es sólo del 30%.

También me parece que es necesario volver a aclarar que el estado no realizó inversión alguna, sino que dichas acciones fueron heredadas de la reestatización de la administración de los recursos previsionales. Es decir, fueron las AFJP las que habían invertido parte del ahorro de los jubilados en participaciones en bancos, en empresas siderúrgicas, empresas de alimentos, empresas de energía, etc. Cuando se produce el cambio y el estado se hacer cargo de la administración de esos fondos, se encuentra con esas tenencias accionarias.

La Convertibilidad, un modelo eminentemente ideológico

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convertibilidadRecientemente se han cumplido dos aniversarios altamente significativos: los 35 años del golpe de 1976 y los 20 años de la puesta en marcha del Plan de Convertibilidad, allá por abril de 1991. No son dos conmemoraciones aisladas; están firmemente unidas en lo económico por una concepción neoliberal de la economía, tanto que puede decirse que la Convertibilidad pudo realizar muchos de los anhelos que la dictadura no pudo concretar.

Más allá de compartir los mismos fundamentos teóricos, que para el régimen militar era de novedosa aplicación práctica y teórica, la Convertibilidad tenía como antecedentes inmediatos las experiencias de Margaret Thatcher y Ronald Reagan, aunque la profundidad de los cambios implementados por el menemismo fue mucho mayor.

Hay un eje fundamental que cruza las políticas económicas de la dictadura con las implementadas en los noventa: la apreciación del tipo de cambio como principal señal para la asignación de recursos entre las distintas actividades económicas, que fue fundamental para favorecer el ingreso de capitales, léase fuerte endeudamiento, y sostener el modelo de valorización financiera. Este modelo viene asociado a una fuerte liberalización de los flujos de capitales y del comercio exterior, con un negativo impacto sobre las PyMEs de todos los sectores.

Esta idea se refuerza con el reciente reportaje de Ámbito Financiero a Domingo Cavallo, en el cual expresa que en 1997 hubiera sido la oportunidad para dejar flotar la moneda (sin salir de la convertibilidad) debido al fuerte ingreso de capitales, que hubiera producido una revaluación aún mayor del peso. Sin embargo, no pudo aplicarse, según expresa, porque el tipo de cambio sobrevaluado no les convenía a los exportadores, ni a los bancos ni a las provincias. No obstante, luego reconoce que ese año el dólar se encontraba apreciado con respecto a otras monedas, con lo cual, de haberse dejado flotar y revaluarse, la pérdida de competitividad de nuestra economía hubiera sido gigantesca, justo antes del impacto de la crisis asiática.

En un discurso al cumplirse los tres meses del inicio de la Convertibilidad, Cavallo realizaba un exhaustivo examen de lo logrado en ese período, valorando la contención del gasto público. El entonces ministro hacía una evaluación del comportamiento inflacionario, que poseía un evidente sesgo distribucionista regresivo. Por un lado, comentaba que “con todo lo que nos duele no poder pagar aumentos a los jubilados y pensionados”, no se iba a recurrir a la emisión monetaria para tal fin. También solicitaba el escalonamiento de los pagos de los aguinaldos a los trabajadores para que el desembolso en un mismo mes no tuviera un impacto sobre la inflación. Y, en general, se refería al excelente comportamiento de precios que lograba, con excepción de los mayoristas de los productos agropecuarios, que habían subido significativamente por la mayor demanda, pero especialmente, explicaba Cavallo, por el “realineamiento de los valores de los productos de exportación agropecuaria con motivo de la eliminación de las retenciones”. Pero este efecto no preocupaba al entonces ministro, puesto que “los mismos aumentos que agregan puntos al índice de precios mejoran la rentabilidad de los productores y alientan a incrementar la producción”.

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Proyecto: Convenio marco para el control del tabaco, aprobado por la 56 Asamblea Mundial de la Salud el día 21 de mayo de 2003

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Fecha de ingreso: 11.03.2011
Estado: en comisiones de “Relaciones Exteriores y Culto” y “Prevención de Adicciones y Control del Narcotráfico”
Firmantes: Ibarra, Vilma Lidia - Nuevo Encuentro Popular y Solidario Ciudad De Buenos Aires

El Senado y Cámara de Diputados,…

Artículo 1º.- Apruébase el Convenio Marco para el Control del Tabaco aprobado por la 56ª Asamblea Mundial de la Salud de la OMS del 21 de Mayo de 2003.

Artículo 2º.- De Forma.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
El presente proyecto que propicia la aprobación del Convenio Marco para el Control del Tabaco, reconoce como antecedente el proyecto de ley de mi autoría registrado como expediente 3304-D- 2009. Sobre el mismo se han trabajado algunas modificaciones a fin de actualizar en los fundamentos la cantidad de países que han firmado y/o ratificado el Convenio.

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Proyecto: Régimen de limites del acto de compra de tierras por parte de personas extranjeras

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Fecha de ingreso: 02.12.2011
Estado: en comisión de “Legislación General” y “Asuntos Constitucionales”
Firmantes: Basteiro, Sergio Ariel - Nuevo Encuentro Popular y Solidario Buenos Aires

El Senado y Cámara de Diputados,…

Art. 1º Esta ley regula el acto de compra de tierras ubicadas en zonas no urbanas sin importar su ubicación ni su destino, incluyendo tierras del Estado Nacional, Provincial y Municipal.

Art. 2º A los efectos de esta ley no se considerarán las tierras adquiridas para ser explotadas comercialmente, o cuando su destino sea la construcción de vivienda para uso personal y permanente.

Art. 3º Se prohíbe la compra de tierras a toda persona extranjera no residente en el país. Esta prohibición incluye también,
a) Personas jurídicas no inscriptas en la República Argentina o bien que estando inscriptas posean un capital social mayor del 30 % propiedad de ciudadanos extranjeros.
b) Personas jurídicas que tengan su sede en el exterior, sin importar en este caso la integración de su capital social.
c) Personas jurídicas que sean filiales o subsidiarias de personas físicas o jurídicas extranjeras.
d) Personas jurídicas que sean controladas o dirigidas por personas físicas o jurídicas extranjeras.

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Resolución: Repudio sobre los dichos del señor gobernador de la provincia de La Rioja por ser lesivos a la honra y dignidad de los hermanos bolivianos

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Fecha de ingreso: 02.12.2010
Estado: en comisión de “Derechos Humanos y Garantías”
Firmantes: Basteiro, Sergio Ariel - Nuevo Encuentro Popular y Solidario Buenos Aires

La Cámara de Diputados de la Nación

RESUELVE:

1.- Repudiar los dichos del señor gobernador de la provincia de La Rioja por ser lesivos a la honra y dignidad de los hermanos bolivianos.

2.- Expresar su preocupación ante las presiones que miembros del Poder Ejecutivo riojano habrían realizado ante diferentes medios de prensa provinciales tendientes a que los mismos no difundiesen las repercusiones que tuvieron los dichos del señor gobernador.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
El pasado miércoles 24 de noviembre, el gobernador de la Provincia de La Rioja, D. Luis Beder Herrera, reunió en un denominado desayuno de trabajo a una treintena de periodistas de medios locales, antes quienes relató asuntos atinentes a su reciente visita a las repúblicas de China y Corea del Sur.

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