Notas con la etiqueta ‘sistema financiero’
La actividad que despliegan los bancos incide profundamente en la economía general de los habitantes y constituye un factor fundamental y permanente en las relaciones económicas de los individuos entre sí y de éstos con el Estado, cuestiones que justifican que tal función sea considerada como servicio público.
Por estas razones, el servicio financiero debe ser prestado para cubrir necesidades de interés general, y no particular, y su prestación, al igual que cualquier otro servicio público, debe funcionar de manera permanente, es decir, de manera regular y continua para que pueda satisfacer las necesidades de las comunidades por sobre los intereses de quienes los prestan.
Las entidades financieras son aptas para diseñar productos para los sectores sofisticados y de alta renta y, cuando llegan a sectores de menores recursos, lo hacen con altos costos. Nuestro proyecto está diseñado para que llegue a todos los usuarios, con las modalidades que sean adecuadas para cada uno de ellos, finalidad que sólo puede lograrse a través de la intervención protectora del Estado, que resulte en un aumento la eficiencia social de la actividad financiera.
Algunos puntos a destacar:
- Se fomentará la actividad financiera en localidades del interior del país permitiendo la apertura de sucursales y premiando a los bancos que lo hagan.
- Se propone destinar el 40% de las financiaciones que van al sector privado, a financiar al sector de la micro, pequeña y mediana empresa.
- Se introduce un mecanismo de regulación de tasas para que ninguna entidad pueda cobrar a este segmento de micro y medianas empresas una tasa superior al 5% de la media que cobra el sistema.
- Se creará una Defensoría del Usuario de Servicios Financieros, y se encomendará al Banco Central implementar un “Código de Conducta” de las entidades financieras.
Acabamos de presentar un Proyecto de Ley de Servicios Financieros para el Desarrollo Económico y Social, para democratizar el sistema financiero y atender las necesidades de los usuarios. Es un proyecto con gran cantidad de normas que resulta difícil resumir en un artículo periodístico. Me interesa analizar cómo puede impactar en situaciones concretas.
A nivel geográfico pocos conocen que de las 3461 localidades que hay en el país, cerca de 2400, es decir el 70 por ciento, no tiene una sola casa bancaria: la mayoría son localidades de menos de 5000 habitantes. A nivel socioeconómico, mientras los segmentos medios y altos están bancarizados en más de un 80 por ciento, en los de ingresos bajos la bancarización es del 50, y en los de ingresos muy bajos de apenas el 20. Esto refleja una profunda desigualdad en materia de acceso a los servicios bancarios.
Tomando en cuenta esta realidad nuestro proyecto prevé la creación de un listado de “Servicios Esenciales” de bajo costo, y eventualmente a costo cero, dirigidos a los sectores de menores ingresos de la población, que las entidades deberán ofrecer con características similares. En determinados casos los bancos tendrán el derecho de no brindar estos servicios a determinados usuarios en base a consideraciones de riesgos. No obstante, el proyecto dispone la creación de un fondo en el cual todos los bancos aportan, y que se distribuye en proporción a los servicios esenciales que presta cada entidad. La entidad que priorice los servicios esenciales será recompensada, y la que no los fomente, deberá pagar un costo.
Entre otras normas, el proyecto prevé que el 38 por ciento de la cartera de créditos se destine a micro, pequeñas y medianas empresas, y un 2 a microcréditos. La aplicación de esta norma generaría un incremento en los créditos a este sector cercano a los 18.000 millones de pesos, un crecimiento del 44 por ciento respecto del monto actual. Si bien es una cifra muy importante, es sólo un tercio de la liquidez que los bancos tienen colocada en letras y notas del Banco Central, lo cual indica que resulta perfectamente posible aplicar hoy mismo esta orientación de créditos hacia las minipymes. Con datos a febrero de 2010, las micro y pequeñas empresas estuvieron pagando tasas por descuento de documentos en un rango de entre el 16 y el 37 por ciento. Nuestro proyecto reduce tal disparidad obligando a cobrar no más del 5 por ciento del promedio ponderado de este sector. Ese promedio arroja actualmente una tasa del 22 por ciento, con lo cual ninguna empresa pagaría más del 23,1 por ciento; al aplicar este sistema la tasa promedio tenderá a bajar más aún. Estos son cálculos aproximados, pero resultan útiles para el ejemplo.
Hoy día la garantía de los depósitos está prácticamente privatizada, los bancos pueden decidir adherirse, cubre hasta 30.000 pesos o su equivalente en moneda extranjera, y si la tasa supera la fijada por el BCRA, la garantía no se aplica; estas cuestiones técnicas resultan difíciles de percibir por el pequeño o mediano inversor. Para proteger a los usuarios financieros, el proyecto establece un amplio seguro de garantía de los depósitos, obligatorio, con garantía del Estado nacional y que cubra hasta 100.000 pesos o su equivalente en moneda extranjera para todos los depositantes.
Los derechos de los usuarios también tienen protección a través de la obligación que tendrán los bancos de instrumentar un Departamento de Atención a Usuarios. Esta exigencia se complementa con la creación de la Defensoría del Usuario de Servicios Financieros en el ámbito del Banco Central, cuya misión consiste en la defensa y protección de los intereses de los usuarios frente a los actos de las entidades financieras, además de ser una segunda instancia de reclamos interpuestos por los usuarios de los bancos.
Por último, hay un capítulo dedicado a la defensa de la competencia que coloca límites precisos a la concentración del sistema.
Este es un breve comentario sobre un Proyecto de Ley que cambia conceptualmente el espíritu de la actual ley de entidades financieras. Se pasa de una ley para bancos a una ley pensada para los usuarios de los servicios financieros; una transformación conceptual esencial para definir el camino que deben recorrer los cambios necesarios en el sistema financiero argentino.
Esta es mi perspectiva, la misma fue publicada en Página/12 el 12 de mayo de 2010.
Quiero compartir con ustedes cuatro puntos fundamentales de la Ley de Servicios Financieros detallados a continuación:
Participación
Se otorga al Poder Ejecutivo Nacional la facultad de autorización para el funcionamiento de nuevas entidades de capital extranjero y se restablece el criterio de reciprocidad con los países de origen. También se determina que ninguna entidad financiera privada podrá tener una participación en el conjunto del sistema financiero superior al 8%, tanto en el total de depósitos como de préstamos con el sector privado.
El proyecto de ley instaura un fuerte fomento a la actividad financiera en las localidades de menor desarrollo relativo del interior del país. La política de autorizaciones de filiales deberá guiarse por el objetivo de ampliar la cobertura geográfica del sistema financiero de modo de facilitar el acceso de los usuarios a sus servicios, así como evitar una excesiva concentración de filiales en las diferentes plazas, en particular, en los centros urbanos densamente poblados.
Democratización de los Servicios Financieros
Entre otras regulaciones, coloca cupos mínimos de cartera para prestarle a las micro, pequeñas y medianas empresas. También se establece una tasa de interés máxima para préstamos a micro y pequeñas empresas sobre la base de una tasa promedio ponderada del sistema financiero para ese segmento, así como para préstamos personales inferiores a cien mil pesos. Se encomienda al Banco Central establecer un listado de “servicios esenciales” que las entidades deberán ofrecer a los sectores de menores ingresos de la población, para los que se fijarán pautas operativas determinadas y un nivel máximo de comisiones.
Protección de los usuarios de los servicios Financieros
Se obligará a las entidades a dar tratamiento y resolver los reclamos que presenten sus usuarios; a través de un departamento de atención a usuarios se crea la “Defensoría del Usuario de Servicios Financieros” en el ámbito del Banco Central, cuya misión consiste en la defensa y protección de los intereses de los usuarios financieros frente a los actos, hechos u omisiones de las entidades financieras, constituyéndose en una segunda instancia de reclamos interpuestos por los usuarios en caso de que el departamento de atención a usuarios no resolviere sus problemas. Por último, se encomienda al Banco Central implementar un “código de conducta” de las entidades financieras.
Régimen de Garantía de los depósitos garantizado por el Estado Nacional
Será obligatorio para todas las entidades financieras, con un límite de hasta cien mil pesos por depositante o su equivalente en moneda extranjera, y cualquiera fuere la tasa pagada por los depósitos. La idea es reincorporar en el seno del Banco Central el Sistema de Garantía de Depósitos que fue parcialmente privatizado mediante la Ley 24.485. El objetivo es generar un sistema más protector desde el punto de vista del depositante.
El Proyecto de Ley de Servicios Financieros para el Desarrollo Económico y Social presentado por nuestro bloque, el Bloque Nuevo Encuentro Popular y Solidario, cambia conceptualmente el espíritu de la Ley de Entidades Financieras (21.526). Se pasa de una ley para bancos a una ley pensada para los usuarios de los servicios financieros.
Para darle un marco adecuado al proyecto, conviene identificar las razones de la necesidad del cambio de la Ley de Entidades Financieras de 1977, no sólo porque es una ley de la dictadura, sino también porque está imbuida de las ideas de liberalización de los mercados que en aquella época se identificaban con la “Escuela de Chicago” y que, luego, se consolidaron en el “Consenso de Washington”. La ley 21.526 aplicó una fuerte desregulación sobre el sistema y, durante su vigencia, se produjeron varias crisis financieras y la desaparición de una gran cantidad de entidades, situación que, asociada a la liberalidad para el ingreso de bancos de capitales extranjeros, determinó una fuerte concentración y extranjerización de la actividad bancaria.
A lo largo de todos estos años, se fueron introduciendo al texto original una gran cantidad de modificaciones, algunas de las cuales significaron avances, pero ninguna cambió los aspectos esenciales de la ley y de sus implicancias. El artículo que permite a los bancos comerciales realizar toda operación que no esté expresamente prohibida, se mantuvo incólume.
Los datos macroeconómicos indican que la excesiva permisividad no deriva en un beneficio para la sociedad. Si bien el sistema financiero emergió sano de la crisis de 2001, en 2009 el total de crédito al sector privado no financiero apenas llegó al 11,3% del PBI, un valor que se repitió estos últimos años y que es el más bajo de América Latina. Pero, además, los bancos mantienen una liquidez excesiva que alcanza al 35% de los depósitos, cuando gran parte de ese dinero debería haberse utilizado para dar crédito.
Considero que es un paso muy importante esta ley, puesto que significa comenzar a cumplir con las propuestas realizadas en la campaña electoral y porque, además, refleja una reivindicación histórica del movimiento cooperativo al cual pertenezco.
Como su nombre lo indica, la “Ley de Servicios Financieros para el Desarrollo Económico y Social” no es una ley de las Entidades Financieras, sino una ley de servicios orientada a satisfacer las necesidades transaccionales, de ahorro y crédito de todos los habitantes de la Nación.
De esta manera, en el marco de esta nueva ley, definimos a las Entidades Financieras como un Servicio Público, ya que el protagonista es el usuario. Se trata de una ley que define que hay servicios financieros que reciben las empresas, la gente, las comunidades, las regiones, y que esos servicios financieros deben estar orientados al desarrollo económico y social, es aquí desde donde empezamos a articular todo el proyecto.
Los objetivos fundamentales que señalamos en el texto de la ley son los de “promover el acceso universal a los servicios financieros; proveer medios de pago y transaccionales eficientes para facilitar la actividad económica y las necesidades de los usuarios; fortalecer el ahorro nacional mediante productos financieros acordes a las necesidades de los usuarios; proteger los ahorros colocados en las entidades financieras, en particular los correspondientes a los pequeños y medianos ahorristas; impulsar el financiamiento productivo general, en particular de las micro, pequeñas y medianas empresas nacionales; promover el crédito destinado a satisfacer las necesidades de vivienda y consumo de las personas y grupos familiares; alentar una distribución regional equitativa de la actividad financiera; y preservar la estabilidad del sistema financiero”.
Por todo lo anterior, y teniendo al usuario como foco, hemos introducido en la ley una serie de figuras novedosas: una de ellas es la creación, en el ámbito del Banco Central, de la Defensoría de Servicios Bancarios. Este es un punto muy importante, ya que la ley está pensada desde la premisa de que hay un usuario que recibe un servicio y que ese servicio es esencial.
El bloque de Nuevo Encuentro espera que en las próximas semanas se dé un debate amplio y rico que permita a la sociedad saber qué piensa cada uno respecto a qué sistema financiero necesita nuestro país.
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