Proyecto: Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, a fin de que por intermedio de la Administración Federal de Ingresos Públicos arbitre los medios necesarios para modificar la RG AFIP 2774 en su Anexo II

Fecha de ingreso: 03.05.2010
Estado: en comisiones de “Presupuesto y Hacienda” y “Pequeñas y Medianas Empresas”
Firmantes: Heller, Carlos Salomon – Nuevo Encuentro Popular y Solidario Ciudad De Buenos Aires; Ibarra, Vilma Lidia – Nuevo Encuentro Popular y Solidario Ciudad De Buenos Aires; Basteiro, Sergio Ariel – Nuevo Encuentro Popular y Solidario Buenos Aires; Belous, Nelida – Proyecto Progresista Tierra Del Fuego; Sabbatella, Martin – Nuevo Encuentro Popular y Solidario Buenos Aires; Rivas, Jorge – Nuevo Encuentro Popular y Solidario Buenos Aires

Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, a fin de que por intermedio de la Administración Federal de Ingresos Públicos arbitre los medios necesarios para modificar la RG AFIP 2774 en su Anexo II de la siguiente manera:

1. Empresas con hasta 5 empleados y operarios:
1.1. Para impuestos y contribuciones de Seguridad Social, hasta 12 cuotas con tasa de interés de financiación del 0,75% mensual
1.2. Para los aportes de Seguridad Social hasta 6 cuotas en las mismas condiciones.

2. Empresa de 6 hasta 25 empleados y operarios en las mismas condiciones pero con tasa de interés del 1% mensual.

3. Empresas con más de 25 empleados y operarios y hasta 50, en las mismas condiciones pero con tasa del 1,25% mensual

4. Duplicar de 20 a 40 cuotas las deudas de autónomos y monotributistas, reduciendo las tasas de interés de acuerdo con la magnitud de cada empresa en el caso de autónomos y en el caso de monotributistas de acuerdo con la categoría.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El presente proyecto de resolución interpreta el sentir y reclamo de varias organizaciones representativas de las medianas y pequeñas empresas.

Vista la RG 2774 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, se observa que a causa de las modificaciones operadas en el régimen de facilidades de pago vigente, se disminuye la cantidad de cuotas, se aumenta la proporción de capital a amortizar en los primeros pagos y se incrementan las tasas de financiación.

Por los motivos expuestos, se solicita la modificación del Anexo II de la citada Resolución.

Las micro, pequeñas y el escalón más bajo de la medianas empresas son las más perjudicadas por las referidas modificaciones, dado que no cuentan con respaldo financiero ni tasas de retorno como las unidades de mayor tamaño.

La recuperación de la economía ha sido evidente desde el año 2003 al 2007; pero debe considerarse especialmente, que a partir del segundo semestre de 2008 y en 2009 se produjo un amesetamiento, por lo que no se puede dejar librado al azar el futuro de la micro, pequeñas y medianas empresas, en razón de los pronósticos económicos previstos para el año 2010.

El impacto no ha sido igual para las grandes empresas que para las de menor tamaño. Hubo y hay una concentración evidente de absorción de los beneficios por parte las grandes empresas que se refleja en las utilidades expresadas en sus respectivos balances, si nos atenemos a las publicaciones de las que cotizan en Bolsa.

En cambio las MyPymes se encuentran en una situación especial, atenazadas entre el aumento de los insumos que los formadores de precios imponen y la imposibilidad de descargarlos en los precios que su mercado interno está en condiciones de asimilar, lo que genera disminución de rentabilidad en lo inmediato y luego licuación del capital de trabajo.

La continuidad de esta situación para las MyPymes no es sostenible en el corto plazo, por lo que se pone en riesgo la estabilidad de las fuentes de trabajo. Es dable observar al respecto, que las MyPymes son las que más contribuyeron a recuperar el mercado laboral y que al mismo tiempo es la garantía de sus ventas en el mercado interno.

Los serios problemas financieros que se generan por la compresión de su capital de trabajo inciden en el comportamiento regular del pago de las obligaciones impositivas y previsionales donde hay una gran asimetría de las MyPymes con relación a las grandes empresas.

Mientras estás últimas tienen una relación de su masa salarial y de cargas sociales con rangos del 5% al 7% respecto a sus ingresos, las micro, pequeñas y medianas empresas sobre todo las del ramo manufacturero, construcción y/o servicios, la incidencia de ese aspecto en sus ventas tiene un rango que va del 25% al 50%.

Para resolver sus problemas de falta de liquidez, cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones impositivas y previsionales, las MyPymes son la que más acudieron al plan de facilidades anterior que otorgaba el doble de cuotas y una tasa de interés más baja y cuotas de amortización de capital iguales.

Por todo lo expuesto, Sr. Presidente, solicitamos la urgente aprobación del presente Proyecto.

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